Cuando te dispones a iniciar la actividad de tu propia casa rural, es muy probable que te veas abrumado por diversas razones y te resulte complicado determinar por dónde empezar. No te preocupes, en Mirafutura te guiaremos en cada fase de este proceso.
Antes de nada, debemos definir con exactitud qué tipo de casa rural es, entendiéndose por casa rural, las viviendas independientes y autónomas, de arquitectura tradicional, ubicadas en el campo o núcleos rurales en las que a cambio de una prestación económica se ofrece alojamiento con o sin manutención. En Extremadura tenemos dos tipos de casas rurales:
- La casa-apartamento rural, es aquella que tiene una estructura de bloque y ofrecen servicios de alojamiento, preparación, conservación y consumo de alimentos en cada unidad de alojamiento
- La casa-chozo, cuya construcción se asemeja a los chozos tradicionales y que se disponen como conjuntos alojativos.
Por otra parte, es necesario conocer que esta actividad está sometida a Licencia de Actividad.
¿Cuáles son los requisitos?
El objetivo a perseguir es que la vivienda cumpla con las condiciones establecidas por la normativa vigente. Es importante resaltar los siguientes aspectos:
- Medio Ambiente. Para esta categoría de actividades, antes de iniciar la tramitación de la licencia de apertura es necesario determinar si se van a llevar a cabo obras o instalaciones o por el contrario la actividad cumple con lo exigido puesto que dependiendo del caso en el que nos encontremos requerirá de Evaluación de impacto ambiental simplificada o Comunicación Ambiental Municipal, respectivamente. Además, para determinar la autorización ambiental necesaria es preciso conocer si se encuentra afectada por los Espacios Protegidos Red Natura 2000 o si afecta al patrimonio cultural entre otros casos.
- Condiciones urbanísticas. De acuerdo con la LOTUS, deberíamos conocer si la vivienda se encuentra en suelo rústico o urbano. De ubicarse en suelo rústico antes de iniciar la actividad debe obtener calificación rústica. Por otra parte, hay que consultar el planeamiento municipal para verificar que el uso esté permitido en la ubicación elegida.
- Ordenación de los alojamientos de turismo rural en Extremadura. El Decreto 204/2012, de 15 de Octubre establece las condiciones que deben cumplir los citados establecimientos. Entre otros aspectos la vivienda debería contar con lo siguiente:
- Deberán cumplir con las disposiciones de accesibilidad del Código Técnico.
- Deberán exponer en su entrada principal una placa identificativa.
- El camino de acceso deberá permanecer señalizado.
- El alojamiento deberá contar con suministro de agua potable, caliente y fría, así como energía eléctrica garantizada,
- La vivienda contará con sistema de tratamiento y evacuación de aguas residuales.
- La instalación de extintores obligatoria por el Código Técnico deberá encontrarse instalada y señalizada.
- Para poder ser considerada casa rural el edificio no puede superar las tres plantas de altura salvo que la configuración inicial fuera esa. Siendo la altura mínima de los techos de 2,5 m.
- Código Técnico. El establecimiento deberá cumplimiento a los apartados del CTE que le sean de aplicación.
En Mirafutura nos encargamos de realizar el estudio de adecuación del local a la normativa vigente y te asesoramos en cualquier modificación que haya que realizar en el local.
¿Cuál es el procedimiento?
Lo primero que debemos saber es si necesitamos realizar obras en el local. Estamos ante un caso particular si nos encontramos en suelo rústico, como hemos comentado anteriormente la realización de obras requiere de la previa obtención de un informe favorable de Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada. De ser necesaria intervenciones, una vez obtenido este permiso, se solicita al ayuntamiento Licencia de Obras, siendo estas dos tramitaciones totalmente independentes de la Licencia de Apertura.
Tanto si hay que hacer obras como no hemos mencionado con anterioridad que según la Lotus para implantar un uso en suelo rústico es necesario la obtención de calificación rústica. De nuevo, estamos ante un trámite independiente de la Licencia de Apertura.
Una vez contamos con el permiso ambiental necesario para cada situación y la calificación rústica, es momento de elaborar un Proyecto de Actividad.
En la Consejería competente en materia de turismo puede solicitarse un informe previo potestativo para la memoria donde, en un plazo de dos meses con silencio administrativo positivo, la Consejería emite dicho informe sobre la adecuación a la normativa y la clasificación del establecimiento. El Decreto 65/2015, de 14 de abril, establece cinco categorías, desde una hasta cinco estrellas, en función de un baremo detallado en el mismo en el Anexo II del mismo.
Estas actividades deben estar inscritas en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura previo inicio de actividad.
Una vez comprobado, nos adaptamos a las necesidades del cliente en función de la fecha de apertura pretendida para elaborar y recopilar de la manera más ágil toda la documentación necesaria y así proceder a la solicitud de Licencia de Actividad en el Ayuntamiento correspondiente.
¿Qué plazos hay?
Una vez presentada toda la documentación en el Ayuntamiento realizará una visita al establecimiento para comprobar su adecuación.
Después, se emitirá la resolución definitiva de Licencia de Apertura que será cuando pueda dar comienzo la actividad. El plazo de resolución variará dependiendo del Ayuntamiento pero desde Mirafutura nos encontramos siempre alerta realizando un seguimiento activo de nuestros expedientes para intentar agilizar la burocracia.
¿Cuáles son los costes?
La solicitud de la licencia de actividad una casa rural, siempre y cuando no se tenga que hacer reforma en el local, conlleva cuatro gastos fijos: el abono de las tasas municipales, Informe impacto ambiental (54,70€) , tasa de Libro de Inspección (1,73€) y los honorarios profesionales.
¿Qué documentación necesitas?
Para la solicitud de la Licencia de actividad es necesario aportar la siguiente documentación:
- Proyecto de actividad completo firmado por un técnico competente.
- Comunicación Ambiental Municipal o Evaluación de Impacto Ambiental simplificada redactada por técnico competente.
- Identificación del titular (fotocopia DNI/CIF).
- Planimetría actual del local donde se desarrolla la actividad.
- Certificado de instalaciones (eléctrica, protección contra incendios, etc.).
- Certificado de ruidos, firmado por técnico competente.
- Modelo de representación para que podamos realizar los trámites en tu nombre.
- Declaración responsable del técnico competente.
- Declaración responsable suscrita por el interesado.
- Declaración responsable por el interesado de que la actividad tiene suscrita contrato de seguro de responsabilidad civil en vigor.
- Tasas municipales.